El día de hoy en el Diario Oficial de la Federación se publicó las modificaciones a la Resolución Miselanea para 2020 en la cual se da a conocer la nueva tasa de retención del IVA en servicios de personal en donde las personas físicas con actividades empresariales o personas morales de los Títulos II y III de la Ley del ISR obligadas a efectuar la retención por los servicios, a que se refiere la fracción anteriormente citada, podrán optar por efectuar la retención por el equivalente al 50% de la tasa del IVA, prevista en el artículo 1-A, fracción IV de la Ley del IVA.
La tasa disminuida conforme a lo anterior, se aplicará en forma directa sobre el valor de los actos o actividades por los servicios a que se refiere el artículo antes señalado
Para consultar mayor información de la SEGUNDA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2020 pulse la siguiente liga:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5597260&fecha=24/07/2020
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